Cómo Afrontar un Embargo de Cuentas o Fondos de Retiro por el IRS
Descubrir que su tarjeta bancaria ha sido rechazada o que su cuenta corriente tiene saldo cero debido a un embargo del IRS (Bank Levy) es una de las experiencias más angustiantes que puede vivir un contribuyente.
Comprender la diferencia entre el embargo de cuentas bancarias tradicionales y el de fondos de retiro es vital para proteger su seguridad económica:
Embargo de Cuentas Bancarias (Formulario 668-A)
- Es una Incautación de Una Sola Vez (One-Time Event): A diferencia del embargo de sueldo que es continuo, el embargo bancario solo congela el dinero que estaba depositado en la cuenta en el instante exacto en que el banco recibió la orden judicial del IRS. Los depósitos que ingresen al día siguiente no quedan automáticamente afectados (salvo que el IRS emita una nueva orden).
- El Periodo de Espera de 21 Días: El banco retiene los fondos congelados durante 21 días calendario antes de enviárselos al IRS. Durante esta ventana de tres semanas, su abogado puede negociar una liberación de emergencia (Hardship Release) demostrando que necesita esos fondos para cubrir necesidades básicas o la nómina de su negocio.
Embargo de Fondos de Retiro (401(k), IRA y Pensiones)
Aunque el IRS tiene la facultad estatutaria de embargar cuentas de jubilación (IRC § 6331), las directrices del Manual de Rentas Internas (IRM 5.11.6) establecen que los oficiales de cobro solo deben recurrir a fondos de retiro como último recurso y tras demostrar que el contribuyente actuó de manera flagrante o de mala fe.
Además, si el IRS confisca fondos de un 401(k) o IRA, no se aplica la penalización por retiro anticipado del 10% (IRC § 72(t)(2)(A)(vii)), aunque el impacto sobre su jubilación sigue siendo severo.
En Sterbick y Asociados, intervenimos con la máxima urgencia para presentar solicitudes de liberación antes de que venza el plazo de 21 días. Llámenos inmediatamente al (253) 383-0140 o solicite auxilio legal.





