Protección Legal contra Deudas Tributarias de su Pareja
Al firmar una declaración conjunta de impuestos (Formulario 1040), ambos cónyuges asumen una responsabilidad solidaria y mancomunada (joint and several liability). Esto significa que el IRS puede exigir legalmente el 100% del pago de la deuda tributaria a cualquiera de los dos, incluso después de un divorcio o separación.
Afortunadamente, el Congreso estableció el programa de Alivio para Cónyuge Inocente (Innocent Spouse Relief) bajo la Sección 6015 del Código de Rentas Internas para proteger a las personas que fueron víctimas de omisiones, ingresos no declarados o fraude fiscal cometidos por su pareja.
Los Tres Tipos de Alivio Conyugal
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Alivio Tradicional para Cónyuge Inocente (IRC § 6015(b)): Aplica cuando se omitieron ingresos o se reclamaron deducciones falsas en la declaración conjunta, y usted puede demostrar que al momento de firmar no sabía ni tenía motivos razonables para saber de dicha irregularidad.
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Separación de Responsabilidad (IRC § 6015(c)): Disponible para personas divorciadas, separadas legalmente o que no han vivido en el mismo hogar durante los últimos 12 meses. Permite dividir la deuda tributaria total para que usted solo sea responsable de la parte correspondiente a sus propios ingresos.
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Alivio Equitativo (IRC § 6015(f)): Si no cumple con los requisitos técnicos de las dos categorías anteriores, pero bajo la totalidad de los hechos y circunstancias resulta injusto e inequitativo responsabilizarle de la deuda, el IRS puede otorgar este alivio discrecional.
Factores que el IRS Evalúa
- Si hubo abuso físico o violencia doméstica y coacción psicológica al firmar la declaración.
- Su nivel educativo y grado de participación en las finanzas del hogar.
- El estado de su salud física y mental en los años fiscales correspondientes.
- Si usted recibió un beneficio financiero desproporcionado derivado de los impuestos impagos.
En Sterbick y Asociados, tenemos una amplia trayectoria protegiendo a hombres y mujeres de gravámenes injustos derivados de declaraciones conjuntas. Llámenos al (253) 383-0140 para revisar su situación con absoluta confidencialidad o envíe un mensaje.





